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Les recordamos los últimos cambios normativos:

PAGO MONOTRIBUTO

El mismo debe ser realizado en forma electrónica ( débito automático, transferencia electrónica o cheque). Vigencia por categorías

  • D y E –> Mayo 2017
  • A, B y C –> Noviembre 2017

 CATEGORIZACION

Re categorización obligatoria para todos los contribuyentes en el mes de Septiembre. En Mayo solo si se debe cambiar de categoría.

Tener  en cuenta que AFIP puede re categorizar de oficio si detecta inconsistencias entre los gastos o las acreditaciones bancarias y los ingresos declarados por los contribuyentes

DOMICILIO FISCAL ELECTRONICO

Los monotributistas deberán adherir antes de octubre 2017 al sistema de domicilio fiscal electrónico, para recibir mensajes en la llamada e. Ventanilla.

Deben registrar un mail para recibir las notificaciones y evitar la obligación de tener que ingresar martes y viernes a verificar la recepción de notificaciones por parte del fisco

FACTURACION

Desde Junio 2017  las solicitudes de autorización para la emisión de comprobantes deberá hacerse para facturar en forma electrónica en el caso de quienes están anotados en las categorías F y G

POSNET

La obligación de aceptar las transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes

  1. a) Categorías F, G, H, I, J y K: a partir del 31 de diciembre de 2017, inclusive.
    b) Categorías A, B, C, D y E: a partir del 31 de marzo de 2018, inclusive.