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BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA

• Los trabajadores de entre 18 a 24 años de edad inclusive que se encuentren en situación de desempleo y cuenten con los estudios secundarios completos.
• Las micro, pequeñas y medianas empresas inscriptas en el Registro de Empresas MiPyMEs que cuenten con el correspondiente certificado vigente

IMPLEMENTACION

a) Formación para el trabajo. Entrenamiento laboral

Se brinda a los jóvenes trabajadores la posibilidad de obtener experiencias prácticas en ambientes laborales, con una carga mínima de hasta 4 horas diarias o 20 horas semanales, durante un plazo de hasta 6 meses.
Esta modalidad no genera relación de dependencia entre las partes, no obstante, las empresas deberán contratar un seguro de accidentes laborales y un seguro médico.
Los jóvenes que presten tareas mediante esta línea de acción recibirán una “ayuda económica” mensual de $ 15.000, que será solventada de forma total o parcial por el Estado Nacional de acuerdo con el siguiente criterio:

b) Contratación con intermediación de la Agencia Territorial (AT) u Oficina de Empleo (OE)
En el caso de que las empresas contraten a un joven que cumpla con las características del programa, el empleador podrá acceder a diversos beneficios.
Las contrataciones deberán ser por plazo indeterminado, ya sea jornada completa o jornada parcial. De tratarse de contratación a tiempo parcial, los beneficios se reducirán a la mitad.
También se incluye la contratación de trabajadores agrarios permanentes de prestación continuo o discontinua y contratación de trabajadores de la industria de la construcción.

I) Aportes para el pago de salarios
Se realizará un aporte para el pago de las remuneraciones que se acreditará directamente en la cuenta sueldo del trabajador.
Este programa tiene una duración de hasta 9 meses en caso de contratación de un trabajador varón y de hasta 12 meses en caso de contratación de mujeres y personas travestis, transexuales y transgénero.
Los aportes variarán dependiendo de la dotación de personal:
– Empleador con hasta 5 trabajadores: $ 18.000.
– Empleador con entre 6 y 15 trabajadores: $ 14.000.
– Empleador con entre 16 y 80 trabajadores: $ 11.500.
– Empleadores con más de 80 trabajadores: $ 9.000.

II) Aporte no reembolsable a través del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP)

Se otorgará a las empresas beneficiarias un monto fijo mensual en concepto de Aportes No Reembolsables (ANR) por cada joven contratado bajo relación de dependencia a tiempo indeterminado. Dicho ANR podrá otorgarse por un plazo de hasta 12 cuotas contadas a partir del mes de su aprobación por parte del Comité Ejecutivo del FONDEP, siempre que se encuentre vigente la relación laboral.
La incorporación de la nueva trabajadora o el nuevo trabajador en la empresa beneficiaria deberá producir un incremento neto en la nómina de trabajadores registrados por tiempo indeterminado y a jornada completa.
En cuanto al monto del ANR mensual, el mismo será de:

– $ 13.000 en caso de contratación de mujeres, personas travestis, transexuales o transgénero.
– $ 10.000 en caso de contratación de trabajadores varones.

III) Reducción de contribuciones patronales durante un periodo de 12 meses

Este beneficio tiene su base en las disposiciones del decreto 493/2021 y consiste en:

a) Una reducción del 95% de las contribuciones patronales correspondientes a los primeros 12 meses contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral, inclusive, para el caso de contratarse una persona mujer, travesti, transexual, transgénero o una persona con discapacidad acreditada mediante certificado
b) Una reducción del 90% de las contribuciones patronales correspondientes a los primeros 12 meses contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral, inclusive, para el caso de contratar a una persona varón.

CUADRO DE BENEFICIOS POR CONTRATACIÓN LABORAL SEGÚN EL GÉNERO

– Las empresas interesadas deberán registrarse en el Portal de Empleo y postularse al programa “Te Sumo” (https://www.portalempleo.gob.ar/Programa/TeSumo).